Cartas

Plataformas digitales y protección del consumidor

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Señor Director:

En Chile la regulación de las plataformas digitales aborda principalmente aspectos laborales, pero en el ámbito de consumo, carecemos de una normativa que proteja eficazmente a los usuarios.

La Unión Europea dictó este mes el Reglamento 2022/2065 sobre servicios digitales para motores de búsqueda, mercados en línea, redes sociales, etc. Este introduce obligaciones a los proveedores, entregando un espacio en línea de mayor seguridad: mejor protección de los consumidores, un mayor poder de los usuarios, mejores salvaguardias tuitivas para los menores y una comprensión más clara de los sistemas algorítmicos.

Además, se obliga los Estados miembros a designar un organismo público fiscalizador especializado, lo que obligará a estas plataformas a tener unidades de compliance para advertir riesgos y cumplir con lo exigido.

Urge que Chile avance en esta dirección y mirar la regulación de la UE es doblemente necesario: primero, porque se aplica a prestadores de servicios que operen en Chile que ofrezcan servicios digitales a consumidores o usuarios que estén establecidos en la UE; y segundo, porque otorga a las empresas tecnológicas un ecosistema con reglas claras.

Sebastián Bozzo Hauri

Módulo Jean Monnet de IA y Derecho Privado Europeo, U. Autónoma

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